Os adjuntamos link para acceder al documento completo elaborado por la Comisión de Ética y Legislación de la Asociación Española de Neuropsiquiatría.
https://aen.es/blog/2016/06/27/sobre-la-reforma-de-la-legislacion-civil-en-materia-de-proteccion-de-personas-con-discapacidad-2/
"La protección y defensa de los derechos de las personas que tienen algún tipo de
sufrimiento psíquico forma parte de las señas de identidad de la AEN a lo largo de su
historia.
Los necesarios debates y esfuerzos en el desarrollo de la actividad asistencial han de
ser acompañados por la permanente reflexión sobre el cuidado y preservación de los
derechos.
Los desarrollos legislativos en materia de protección de los derechos no son siempre
conocidos por los profesionales que trabajan en estos ámbitos, ni forman parte frecuente
de las preocupaciones de los mismos, a pesar de ser una pieza fundamental en cada uno
de los espacios de asistencia y cuidado.
La incapacitación de las personas con discapacidad se expresa, en muchas ocasiones y
desde la buena voluntad, como una forma de protección de los derechos aunque tenemos
razones sobradas para pensar que no siempre tiene dicho efecto.
Las personas con discapacidad deben estar “jurídicamente protegidas”, lo cual no
significa que deban estar “judicialmente incapacitadas” algo que, hasta hace unos años,
apenas resultaba discutido.
Las recomendaciones del Comité de Ministros del Consejo de Europa (1999), las
propuestas de sencillez y flexibilidad de la Fiscalía (1999); la promulgación de la
Convención de la ONU sobre derechos de las Personas con Discapacidad (2006), unido
al propio sentido de proporcionalidad en la respuesta, han alumbrado una conciencia
nueva, han hecho surgir “otra mirada” que lleva plantear un nuevo sistema de protección
con instrumentos jurídicos no judiciales y, entre los judiciales, la posibilidad de acudir
a procedimientos simples, flexibles y poco onerosos, relegando al último lugar, como
opción extrema, el procedimiento de incapacitación.
El documento, elaborado para conocimiento tanto de los profesionales que trabajan con
personas con sufrimiento o alteración psíquica, como de los propios afectados y de sus
familiares y allegados consta de los siguientes apartados:
- En su Primera Parte, analiza las medidas jurídicas de protección no judiciales.
- En la Segunda Parte, las medidas de protección judiciales.
- En la Tercera Parte, se hace un resumen de todo lo expuesto definiendo las bases
de la reforma con propuesta de texto articulado."
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